ARMAS

En nuestro centro de reconocimientos médicos podrá realizar las pruebas exigidas por la ley para obtener o renovar su licencia de armas.

Este tipo de reconocimiento es necesario para: cazadores, vigilantes de seguridad que lleven arma, guardas de campo, y en general, cualquier persona que posea un arma.

Revista de las armas y renovación de las licencias

La revista de las armas se pasará en el momento de presentar los titulares de las armas las solicitudes de renovación de las correspondientes licencias, junto con el reconocimiento médico y psicológico que podrá realizar en nuestro centro:

  • Cada 3 años: las armas de la categoría 1 (permiso tipo B: pistolas y revólveres) y todas las armas de concurso.
  • Cada 5 años: el resto de armas que precisen guía de pertenencia.

Para mantener la vigencia de algunas licencias (permiso tipo D: armas largas rayadas para caza mayor, rifles, y E: armas para tiro deportivo o escopetas de caza), las personas mayores de 60 años deberán presentar un certificado de aptitud psicofísica cada 2 años, aunque su licencia de armas tenga una vigencia de 5 años, y si la edad supera los 70 años, se deberá presentar cada año.

Este aspecto queda recogido en la normativa de la siguiente forma:  “Para mantener la vigencia de las licencias de armas, las expedidas a mayores de sesenta años necesitarán ser visadas cada dos años, previa aportación de informe favorable expedido por un centro de reconocimiento autorizado. En el caso de las expedidas a mayores de setenta años, dicha formalidad deberá efectuarse con carácter anual”.

Desde nuestro Centro de Reconocimiento les ofrecemos una nueva VENTAJA en la gestión de los visados de la Licencia de Armas por edad, para mayores de 60 años. Las personas que vengan a nuestro centro a hacerse el reconocimiento médico, ya no necesitarán ir a su correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil a entregar el certificado médico. Desde nuestro centro realizaremos dicha tramitación de forma GRATUITA.